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Alcaldía prohíbe la venta de "bombitas" a menores de edad

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A través del Decreto Alcaldicio número 2577 la Alcaldía de Panamá, prohibió a los menores de edad la compra y manipulación de artefactos pirotécnicos y estableció multas que van de 50 a 1,500 dólares para los padres, adultos o tutores que permitan el uso de estos artículos.

La ley aprobada señala que los menores que sean encontrados vendiendo o utilizando estos artefactos pirotécnicos les será decomisado el producto y serán puestos a las autoridades de familia, mientras que su padre o tutor será sancionado.

El decreto prohíbe además la venta al por menor y ambulante de los conocidos cohetes, petardos, voladores, volcanes, fuegos artificiales o cualesquier otro artefacto pirotécnico y solamente los establecimientos que obtengan la licencia otorgada por la alcaldía pueden dedicarse a la actividad.

En caso de que el establecimiento sea sorprendido vendiendo artículos pirotécnicos a menores de edad o a personas en estado de embriaguez, las autoridades le decomisarán el producto, le revocarán el permiso de venta y se le impondrá el máximo de la multa establecida (1,500 dólares).

La Alcaldía de Panamá también le recordó a los ciudadanos, que esta prohibido el uso de bombitas y demás artículos dentro de residencias y a una distancia no menor de 500 metros, así como también en lugares próximos a hospitales, centros educativos, clínicas o edificios públicos.

La norma faculta a los corregidores y jueces nocturnos para la aplicación de esta disposición y a los Inspectores Municipales, Policía Nacional, Policía Municipal y la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos de Panamá, para que pongan a disposición de las autoridades a los infractores.


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